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Trujillo González / REVISITUS ACADEMICUS CIENTIFICUS, vol. 2 no. 1, pp. 125-168, 2026

La desaparición forzada en contextos de transición política en Colombia: Análisis de cuatro periodos clave (1958-2016)*

Forced disappearance in contexts of political transition in Colombia: Analysis of four key periods (1958-2016)

http://doi.org/10.64304/rac.v2i1.32

Recibido: 7 de agosto de 2025. Aceptado: 20 de agosto de 2025. Publicado: 2026.

José Saúl Trujillo González

L.L. en Derecho Público, Universidad de Konstanz, investigador Ad-Honorem del Grupo de investigación Red Internacional de Política Criminal Sistémica Extrema Ratio UNAL.

[email protected]

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Para citar este artículo:

Trujillo González, J.. S. (2026). La desaparición forzada en contextos de transición política en Colombia: Análisis de cuatro periodos clave (1958-2016)*. REVISITUS ACADEMICUS CIENTIFICUS, 2(1), 125–168. DOI: http://doi.org/10.64304/rac.v2i1.32

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Resumen

A partir de la selección de cuatro hitos de transición política y social en Colombia, se realiza un análisis y caracterización de las formas del delito: perpetradores, víctimas, modos, contexto y objetivos de la desaparición forzada, junto a la respuesta social, institucional y jurídica que la acompaña. Se identifican cuatro factores que pueden ayudar a comprender, mitigar y abordar de manera efectiva el fenómeno de la desaparición forzada: la voluntad política para investigar, la creación de mecanismos institucionales efectivos, el papel de la participación de las víctimas y los enfoques integrales.

Palabras clave:desaparición forzada; justicia transicional; derechos humanos; conflicto armado colombiano

Abstract

Based on the selection of four historical milestones of political and social transition in Colombia, an analysis and characterization of the forms of crime is conducted: perpetrators, victims, methods, context, and objectives of enforced disappearance, along with the social, institutional, and legal response that accompanies it. Four factors are identified that can help understand, mitigate, and effectively address the phenomenon of enforced disappearance: the political will to investigate, the creation of effective institutional mechanisms, the role of victim participation, and comprehensive approaches.

Keywords:enforced disappearance; transitional justice; human rights; Colombian armed conflict

Zusammenfassung

Ausgehend von der Auswahl von vier Meilensteinen des politischen und sozialen Wandels in Kolumbien wird eine Analyse und Charakterisierung der Erscheinungsformen des Verbrechens vor g e n o m m e n : Tät e r , O pfe r , Vorgehensweisen, Kontext und Ziele des gewaltsamen Verschwindenlassens s o w i e d i e b e g l e i t e n d e n gesellschaftlichen, institutionellen und rechtlichen Reaktionen. Es werden vier Faktoren identifiziert, die dazu beitragen können, das Phänomen des gewaltsamen Verschwindenlassens zu verstehen, zu mindern und wirksam anzugehen: der politische Wille zur Aufklärung, die Schaffung wirksamer institutioneller Mechanismen, die Rolle der Beteiligung der Opfer sowie ganzheitliche Ansätze.

Schlüsselwörter:gewalt sa mes Verschwindenlassen; Übergangsjustiz; Menschenrechte; kolumbianischer bewaffneter Konflikt

Resumo

A partir da seleção de quatro marcos de transição política e social na Colômbia, realiza-se uma análise e caracterização das formas do delito: perpetradores, vítimas, modos, contexto e objetivos do desaparecimento forçado, junto à resposta social, institucional e jurídica que o acompanha. Identificam-se quatro fatores que podem ajudar a compreender, mitigar e abordar de maneira efetiva o fenômeno do desaparecimento forçado: a vontade política para investigar, a criação de mecanismos institucionais efetivos, o papel da participação das vítimas e as abordagens integrais.

Palavras-chave:desaparecimento forçado; justiça transicional; direitos humanos; conflito armado colombiano

Introducción

La desaparición forzada es una violación grave de los derechos humanos en la que una persona es detenida, secuestrada o privada de su libertad de manera involuntaria por agentes del Estado u otras entidades o grupos armados y existe negativa a revelar información sobre su paradero o destino, lo que impide que sus familiares y la sociedad en general conozcan qué le ha sucedido (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2009).

Esta práctica implica la negación de la persona detenida a sus derechos fundamentales, como el derecho a la vida, la libertad y la integridad personal, y con frecuencia conlleva a otras graves violaciones a los derechos humanos y delitos como torturas, ejecuciones extrajudiciales u otras formas de abuso, junto a afectaciones amplias y continuadas a familiares, víctimas indirectas y daños societales profundos, por lo que la jurisprudencia internacional y entidades como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la han descrito como una violación múltiple y continua. Por estas razones, ha sido declarada un crimen de lesa humanidad y denominada un “delito con epílogo abierto” (CEV, 2022a; Parayre, 2000; Mac-Gregor, 2019; Suárez, 2023).

Diversas entidades como la CIDH, la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (CIDFP) y la ONU mediante sus diferentes instancias, protocolos y pronunciamientos sobre desapariciones forzadas desde 1980 (CNMH, 2016; Calvet, 2018), establecen lineamientos y sugerencias para asegurar la implementación de instrumentos jurídicos efectivos en cada nación. Esto incluye la incorporación del crimen en los códigos penales locales, el manejo adecuado de pruebas y la introducción gradual de mecanismos que salvaguarden los derechos fundamentales, contemplen la reparación integral y garanticen el acceso a la verdad para los afectados (CNMH, 2016; Calvet, 2018; Dulitzky, 2019; Mac-Gregor, 2019).

La naturaleza del delito, su cercanía en ocurrencia con otras prácticas de violencia y sus características particulares de ejecución, entre otros, dificultan su seguimiento, encontrando un importante subregistro (Pachón et al., 2011; CNMH, 2016; CEV, 2022b; Caycedo y Hernández, 2023, entre otros). En Colombia, de un estimado inicial de 50.000 víctimas realizado por organizaciones de víctimas a mediados de 2010 (CEV, 2022d), hasta las estimaciones recientes del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) y la Comisión de la Verdad (CNMH, 2016; CEV, 2022c), se hacen proyecciones sobre entre 120.000 a 200.000 víctimas. Ahora, según la integración de datos realizada por el proyecto conjunto JEP-CEV-HRDAG entre 1985 y 2016 al menos 121.768 personas fueron desaparecidas forzosamente en Colombia; sin embargo, la cifra puede llegar a ser de alrededor 210 mil víctimas dado el subregistro (CEV, 2022c, p. 1).

Teniendo en cuenta lo anterior, el presente artículo analiza la evolución de la desaparición forzada como práctica sistemática en Colombia entre 1958 y 2016, a través del examen de cuatro contextos político-institucionales clave. El objetivo es caracterizar las dinámicas del delito en términos de perpetradores, víctimas, modos de operación y objetivos, así como evaluar las respuestas institucionales, normativas y sociales desarrolladas para la búsqueda, la verdad y la justicia en cada periodo. Este análisis permite identificar patrones de continuidad y ruptura, así como los factores que han facilitado u obstaculizado el esclarecimiento del delito y la reparación a las víctimas.

Metodología

Este estudio adopta un diseño cualitativo de tipo histórico-descriptivo y analítico- comparativo, basado en el análisis documental de fuentes secundarias que incluyen informes institucionales, reportes de organizaciones de derechos humanos, l iterat ura académica especializada y documentos jurídicos.

Se han elegido cuatro hitos para el desarrollo de esta investigación por ser periodos de especial relevancia para el desarrollo y aplicación de la justicia transicional, en los cuales existiría un mayor interés por actividades de esclarecimiento de la verdad y por efectuar ejercicios de búsqueda de personas dadas por desaparecidas. Así, se indagará por los momentos en los que la búsqueda de las víctimas de desaparición se ha convertido en política o en prioridad nacional en diferentes momentos de la historia colombiana, tales como:

Para cada periodo se examinan dos dimensiones analíticas centrales. La primera dimensión corresponde a las formas de la desaparición forzada, incluyendo la identificación de perpetradores (responsables directos e indirectos), el perfil sociodemográfico y político de las víctimas, los modos de operación (características de la ejecución del delito), y los objetivos y contextos que enmarcan las motivaciones políticas y circunstancias facilitadoras del delito. La segunda dimensión aborda la respuesta y búsqueda, analizando los actores principales en los procesos de búsqueda (familiares, organizaciones sociales y entidades estatales), los mecanismos institucionales implementados (entidades, normativas y procedimientos), el marco normativo nacional e internacional aplicable, y los obstáculos y limitaciones estructurales que han dificultado el acceso a la verdad y la justicia. Este esquema comparativo permite identificar patrones de continuidad y ruptura en las dinámicas de la desaparición forzada a lo largo de más de cinco décadas de conflicto armado en Colombia.

I. EL FRENTE NACIONAL (1958-1974)

El Frente Nacional fue un periodo en la historia política de Colombia que abarcó desde 1958 hasta 1974. Surgió como un acuerdo entre los partidos Liberal y Conservador para alternarse en el poder presidencial cada cuatro años y distribuir equitativamente los cargos públicos. Este pacto buscaba poner fin a la violencia bipartidista que había azotado al país durante la década de 1950, conocida como “La Violencia” (Bushnell, 1993; Palacios, 2006).

Sin embargo, como señala (Pécaut, 2001), el Frente Nacional también tuvo limitaciones y consecuencias no deseadas. Por un lado, el acuerdo bipartidista excluyó a otras fuerzas políticas, como los movimientos de izquierda y los grupos populares, lo que generó nuevas formas de inconformismo y protesta social. Por otro lado, la alternancia del poder y la paridad burocrática no lograron resolver los problemas estructurales de pobreza, desigualdad y exclusión que afectaban a amplios sectores de la población.

A. Formas de la desaparición forzada

En cuanto a los responsables de las violencias contra el campesinado durante este periodo, los agentes del Estado y grupos no identificados fueron los principales responsables. La desaparición forzada fue cometida especialmente por sujetos no identificados, lo cual dificultó el registro y búsqueda, más aún en un contexto facilitador de la impunidad. Así, durante las décadas de 1970 y 1980 en Colombia, la responsabilidad en los casos de desaparición forzada recaía principalmente en las fuerzas de seguridad del Estado, tanto en organismos de inteligencia como en las fuerzas militares y de policía. Además, comenzaron a aparecer grupos paramilitares que actuaban con la aquiescencia y complicidad de agentes estatales (CNMH, 2016).

Adicionalmente, factores como la estrategia contrainsurgente del Estado, que incluía la creación y el apoyo a grupos paramilitares para combatir a las guerrillas, condujo a graves violaciones de derechos humanos (Romero, 2003). Los grupos paramilitares, que surgieron en la década de 1980 con el apoyo de sectores del Estado y de las élites regionales, fueron responsables de numerosos casos de desaparición forzada. Como indica (Velásquez Rivera, 2007), la estrategia paramilitar buscaba eliminar a las bases sociales de las guerrillas y a cualquier forma de oposición política o social, recurriendo a la desaparición forzada como una forma de terror y control territorial. El Estado colombiano toleró y en muchos casos colaboró con estas prácticas, en el marco de una política contrainsurgente que priorizaba la eliminación del “enemigo interno”.

Particularmente, durante este periodo la población campesina se vio impactada de manera diferenciada por tres elementos significativos: la violencia bipartidista, la emergencia de las guerrillas y la movilización social en torno al acceso a la tierra y el reformismo agrario (Lergrand, 1988; Oquist, 1978; Pizarro, 1991; Zamosc, 1986).

En el informe Guerra contra el campesinado (1958-2019) (Dejusticia, 2018), se presentan algunos datos sobre la magnitud de la violencia contra el campesinado en esta época. Entre 1958 y 1976, se presentaron 4.793 hechos de violencia contra el campesinado colombiano, siendo las violencias principales las acciones bélicas, los asesinatos selectivos y las masacres. De manera particular, se registran 128 casos de desaparición forzada entre 1958 y 1976. Según el (CNMH, 2016), entre 1970 y 1981 se registraron al menos 485 casos de desaparición forzada en el país, aunque se estima que la cifra real podría ser mucho mayor debido al subregistro.

La Misión de Observación Electoral en un informe entregado a la Comisión de la Verdad, evidenció que la violencia en este periodo alteró el mapa político, especialmente en zonas como el centro y oriente del Tolima y el Valle del Cauca, donde la intimidación y el desplazamiento forzado de poblaciones afines a uno u otro partido modificaron las dinámicas electorales (MOE, 2021).

Factores como la adopción de la Doctrina de Seguridad Nacional, que consideraba a los opositores políticos y a los movimientos sociales como “enemigos internos” que debían ser eliminados (Leal Buitrago, 2003), promovida por Estados Unidos en el contexto de la Guerra Fría, tuvo una gran influencia en las Fuerzas Armadas colombianas. Como señala (Pizarro Leongómez, 1991), la Doctrina de Seguridad Nacional llevó a la militarización de la política y a la adopción de una estrategia contrainsurgente que no distinguía entre combatientes y civiles. Bajo esta lógica, la desaparición forzada se convirtió en un mecanismo para eliminar a los opositores políticos y a los líderes sociales que eran percibidos como una amenaza para el Estado.

La impunidad fue un factor clave que permitió la persistencia y la sistematicidad de la desaparición forzada en Colombia. Como indican (Gómez Sánchez y Cárdenas Díaz, 2011), con la llegada del Estatuto de Seguridad en los ochenta, la impunidad se vio reforzada por la existencia de una justicia penal militar que era competente para investigar las violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas, lo que en la práctica se traducía en la ausencia de castigo para los perpetradores.

Así las cosas, durante el Frente Nacional se configuraron las condiciones políticas y legales que permitieron el ejercicio de la desaparición forzada como una práctica sistemática de represión estatal (Gómez Correal, 2015). La exclusión política y la persecución de la oposición durante este periodo sentaron las bases para la criminalización de la protesta social y la eliminación de los opositores políticos a través de la desaparición forzada.

B. Respuesta y búsqueda

Durante las décadas de 1970 y 1980, Colombia experimentó un auge de los movimientos sociales que luchaban contra la violación de los derechos humanos, especialmente la desaparición forzada. Lo anterior, como respuesta a la creciente represión estatal y al deterioro de las condiciones de vida de amplios sectores de la población (Archila, 2003).

Uno de los movimientos más destacados fue el de las madres y familiares de los desaparecidos. A partir de la década de 1970, la desaparición forzada se convirtió en una práctica sistemática utilizada por las fuerzas de seguridad del Estado y los grupos paramilitares para eliminar a opositores políticos y activistas sociales (CNMH, 2016). Ante esta situación, las madres y familiares de las víctimas se organizaron para exigir verdad, justicia y reparación.

A pesar de la represión y la estigmatización que enfrentaron, los movimientos sociales de las décadas de 1970 y 1980 lograron importantes avances en la defensa de los derechos humanos. Sus acciones contribuyeron a visibilizar la crisis humanitaria que vivía el país y a presionar al Estado para que tomara medidas para prevenir y sancionar las violaciones a los derechos humanos (CNMH, 2016). Aunque la lucha contra la impunidad y por la verdad y la justicia continúa, el legado de estos movimientos sigue siendo un referente importante para las organizaciones sociales y de derechos humanos en Colombia.

Otro factor que ha dificultado las labores de búsqueda es la amenaza y el asesinato de testigos y familiares de las víctimas que buscan justicia. Como documenta la Comisión Internacional de Juristas (ICJ, 2008), en numerosos casos los familiares y testigos que denunciaban las desapariciones forzadas o que colaboraban con las investigaciones fueron objeto de intimidaciones, amenazas y atentados por parte de los perpetradores o de personas afines a ellos.

Sin embargo, la impunidad se vio favorecida por la aplicación de la justicia penal militar a casos de desaparición forzada cometidos por miembros de la fuerza pública. Como indica el (CNMH, 2016), durante las décadas de 1970 y 1980, la justicia penal militar conoció de numerosos casos de desaparición forzada, a pesar de que se trataba de violaciones graves a los derechos humanos que debían ser investigadas por la justicia ordinaria. La justicia penal militar se caracterizó por la falta de independencia e imparcialidad, la ausencia de investigaciones efectivas y la aplicación de sanciones leves o absolutorias a los responsables.

El informe de Amnistía Internacional de 1980 documentó casos de torturas, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales cometidas por las fuerzas de seguridad del Estado colombiano. Estas prácticas se habían vuelto sistemáticas y generalizadas, especialmente en las zonas rurales y en las regiones con presencia de movimientos guerrilleros, como el Magdalena Medio, el Urabá y el Caquetá (CIDH, 1993).

Denuncias como la de Amnistía Internacional sobre la situación de los derechos humanos en Colombia fue un llamado de atención a la comunidad internacional sobre la gravedad de la crisis que atravesaba el país. Sin embargo, la respuesta del Estado colombiano fue defensiva y negacionista, alegando que se trataba de una campaña de desprestigio orquestada por la “subversión” (Restrepo, 2006). Esta actitud reflejaba la profunda polarización política y la incapacidad del Estado para reconocer y enfrentar las violaciones de derechos humanos que se cometían bajo su responsabilidad.

Además de la falta de investigación judicial de estos delitos, existió un marco legal que favoreció la violencia y la desaparición forzada, al tiempo que obstaculizaba la búsqueda de las víctimas y el acceso a la justicia. Un ejemplo de ello fue el Decreto 3398 de 1965, que permitió la creación de grupos de autodefensa y brindó amparo legal a la actuación de los grupos paramilitares (Velásquez Rivera, 2007). Este tipo de normativas contribuyeron a la legitimación de la violencia y a la impunidad de los crímenes cometidos por los agentes estatales y paraestatales.

De esta forma, en este periodo se sentaron las bases para la violación sistemática de los derechos humanos en Colombia, particularmente en lo que respecta a la práctica de la desaparición forzada. La ausencia de investigación sobre estos crímenes y la existencia de un marco legal favorable a la violencia y la impunidad contribuyeron a que esta práctica se expandiera y se convirtiera en una estrategia generalizada de control social y político en las décadas siguientes.

II. LA CONSTITUCIÓN DE 1991

La nueva constitución introdujo cambios importantes en la estructura y concepción del Estado colombiano. Quizás el más significativo fue la definición de Colombia como un Estado Social de Derecho, lo cual implicaba no solo el reconocimiento de un amplio catálogo de derechos fundamentales, sino el mandato de hacerlos efectivos mediante políticas públicas y la acción de las autoridades (Uprimny, 2011). Sin embargo, no logró por sí sola conjurar la crisis de violencia y legitimidad que atravesaba el país. Como señala (Pécaut, 2001), el proceso constituyente se dio en un contexto de escalada del conflicto armado y de expansión del narcotráfico, factores que limitaron su impacto transformador.

Por ejemplo, este periodo fue clave en la consolidación del paramilitarismo en Colombia, fenómeno que tendría un impacto devastador en la dinámica y escalamiento del conflicto armado. Uno de los hitos más significativos en este proceso fue la creación de las Cooperativas de Vigilancia y Seguridad Privada (Convivir) en 1995, amparadas en el Decreto Ley 356 de 1994 (Ronderos, 2014). Bajo la justificación de brindar seguridad a las comunidades en zonas de influencia guerrillera, las Convivir se convirtieron rápidamente en un vehículo legal para la expansión y fortalecimiento de los grupos paramilitares (CNMH, 2018).

Aunque las AUC se presentaban públicamente como una organización contrainsurgente que buscaba proteger a la población civil de las guerrillas, en la práctica se convirtieron en los principales responsables de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario (CIDH, 1999).

El paramilitarismo, lejos de ser un fenómeno marginal o meramente reactivo a la guerrilla, logró permear amplios sectores de la sociedad colombiana. Como documenta el informe “Parapolítica” (López, 2010), los nexos entre paramilitares y élites políticas regionales fueron extensos y orgánicos, al punto que en algunas regiones establecieron auténticas “autoridades paralelas” que capturaron el Estado local. Asimismo, sectores del empresariado, terratenientes y multinacionales financiaron y se beneficiaron de la acción paramilitar, ya fuera para proteger sus intereses económicos o para acumular tierras y riquezas despojadas a campesinos y comunidades étnicas (Comisión de la Verdad, 2022a).

A. Formas de la desaparición forzada en los años noventa

La responsabilidad por la violencia y la desaparición forzada durante este periodo recae en múltiples actores, tanto legales como ilegales. Como lo señala el (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2013), los principales perpetradores de desapariciones forzadas en la década de los noventa fueron los grupos paramilitares, seguidos por las guerrillas y, en menor medida, por agentes del Estado.

Dentro de las principales víctimas se tuvo a los defensores de derechos humanos, quienes por este periodo atravesaron un contexto marcado por la estigmatización, la persecución y la violencia sistemática en su contra. Como señala el informe Colombia: Los defensores de los derechos humanos: estigmatización y eliminación entregado a la Comisión de la Verdad por la Organización Mundial Contra la Tortura y Federación Internacional de Derechos Humanos, diversas autoridades del Estado hicieron declaraciones públicas dirigidas a deslegitimar y señalar a las organizaciones y personas que trabajaban en la defensa de los derechos humanos, acusándolas de ser colaboradoras de la guerrilla, esto generalmente en respuesta a las denuncias y críticas que los defensores hacían sobre la connivencia de agentes estatales con grupos paramilitares.

De esta forma, a pesar de la importancia de la defensa de los derechos humanos en un país con un conflicto armado de gran magnitud, en la década de los noventa este ejercicio resultó ser altamente peligroso. Según datos del (CNMH, 2016), entre 1970 y 2015 se documentaron 178 casos de defensores de derechos humanos víctimas de desaparición forzada en Colombia, siendo la década de los noventa el periodo con mayor número de casos.

Dentro de los múltiples propósitos de la desaparición, se encuentra, por un lado, la eliminación física de líderes y activistas que eran percibidos como un obstáculo para los intereses de sectores poderosos y para la estrategia contrainsurgente del Estado (Gómez Gallego et al., 2010). Pero más allá de la eliminación selectiva, la desaparición tenía como objetivo generar terror y desarticular los procesos organizativos y de denuncia de las violaciones a los derechos humanos. Al no tener certeza sobre el paradero y la suerte de sus seres queridos, las familias y compañeros de los defensores desaparecidos quedaban sumidas en un limbo emocional y legal que dificultaba su movilización y reclamo de justicia (CNMH, 2016).

Uno de los mecanismos utilizados para atacar a las personas defensoras de derechos humanos durante los años noventa fue la vigilancia ilegal y las actividades de inteligencia realizadas por fuerzas de seguridad del Estado. Según la (CIDH, 1999), organismos como el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Brigada XX del Ejército llevaron a cabo labores de espionaje y seguimiento contra organizaciones y activistas de derechos humanos, sin autorización judicial y con base en argumentos estigmatizantes que los señalaban como un peligro para el orden público. La información recolectada a través de estas actividades ilegales no fue utilizada en procesos judiciales o en operaciones militares legítimas, sino para hostigar, amenazar y facilitar la desaparición forzada o ejecución extrajudicial de defensores o líderes por parte de agentes estatales o paramilitares (CIDH, 1999).

B. Avances normativos y limitaciones en la búsqueda

A pesar de este contexto de violencia y persecución, los defensores de derechos humanos en Colombia mantuvieron su labor de denuncia y acompañamiento a las víctimas. Como resalta (Amnistía Internacional, 1999), las organizaciones de derechos humanos en Colombia demostraron valentía y resistencia al seguir documentando y visibilizando las violaciones a los derechos humanos, a pesar de los riesgos que esto implicaba. Sin embargo, el costo humano fue enorme: decenas de defensores fueron asesinados, desaparecidos o tuvieron que exiliarse para proteger sus vidas.

Uno de los movimientos de búsqueda más emblemáticos surgidos en los años noventa fue la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES). Fundada en 1983 por familiares de personas desaparecidas, ASFADDES se consolidó durante la década de los noventa como una de las organizaciones más activas en la lucha contra la desaparición forzada y la impunidad en Colombia (Gómez, 2019). A través de acciones de documentación, denuncia, incidencia y acompañamiento a las víctimas, ASFADDES visibilizó la tragedia de las desapariciones y exigió al Estado respuestas en materia de búsqueda, verdad y justicia.

Esta asociación, durante los años noventa documentó cientos de casos de desaparición forzada en diferentes regiones del país, evidenciando la magnitud y sistematicidad de este crimen. Así mismo, emprendió una lucha incansable para que la desaparición forzada fuera tipificada como delito en la legislación colombiana, lo que se logró con la expedición de la Ley 589 de 2000. ASFADDES también impulsó la creación de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y de un Plan Nacional de Búsqueda, herramientas fundamentales para afrontar esta tragedia.

De esta forma, los movimientos de búsqueda de personas desaparecidas en Colombia durante la década de los noventa cumplieron un papel fundamental en la visibilización de este crimen, en la exigencia de respuestas estatales y en el acompañamiento a las víctimas. A través de su labor de documentación, denuncia, incidencia y memoria mantuvieron viva la esperanza de encontrar a los desaparecidos y de lograr verdad, justicia y reparación.

La comunidad internacional desempeñó un papel importante en la denuncia de las desapariciones forzadas en Colombia. Organismos internacionales y ONGs llamaron la atención al Estado colombiano sobre la necesidad de implementar medidas eficaces para prevenir y sancionar este crimen.

Sin embargo, a pesar de estos llamados de atención, el Estado colombiano no tomó acciones concretas y sólo hasta el año 2000 promulgó la Ley 589, que tipificó el delito de desaparición forzada en el Código Penal. Como señala el informe Colombia nunca más: Crímenes de lesa humanidad del (Proyecto Colombia Nunca Más, 2000), la falta de tipificación de la desaparición forzada como delito autónomo dificultaba su judicialización y facilitaba su encubrimiento bajo otras figuras como el secuestro o la detención ilegal. Esto, sumado a la falta de voluntad política y a la connivencia de agentes estatales con los perpetradores, hizo que la gran mayoría de desapariciones de defensores quedaran en la impunidad.

La Ley 589 de 2000 tipificó el delito de desaparición forzada en el Código Penal colombiano y estableció las medidas para su prevención, investigación y sanción. De esta manera, se configura el tipo penal de desaparición forzada así:

“Desaparición forzada. El particular que perteneciendo a un grupo armado al margen de la ley someta a otra persona a privación de su libertad cualquiera que sea la forma, seguida de su ocultamiento y de la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero, sustrayéndola del amparo de la ley, incurrirá en prisión de veinticinco (25) a cuarenta (40) años, multa de quinientos (500) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales vigentes y en interdicción de derechos y funciones públicas de cinco (5) a diez (10) años” (artículo 1).

Además, se crea el Registro Nacional de Desaparecidos, con el propósito de incluir los datos de identificación de las personas desaparecidas y de inhumación y exhumación de cadáveres de personas no identificadas. No obstante, la impunidad histórica y generalizada frente a los crímenes contra defensores, especialmente en los casos de desaparición forzada, envió un mensaje de tolerancia y aquiescencia estatal que agravó su vulnerabilidad. Si bien hubo algunos avances normativos y jurisprudenciales, estos resultaron insuficientes en un contexto de falta de voluntad política y de connivencia de agentes estatales con los perpetradores.

Como lo señaló (Amnistía Internacional, 2000), durante los años noventa las organizaciones no gubernamentales y los activistas de derechos humanos en Colombia enfrentaron una situación de peligro extremo debido a su labor de denuncia y acompañamiento a las víctimas. A pesar del reconocimiento internacional a su coraje y compromiso, los defensores pagaron un alto costo por su trabajo, con decenas de casos de amenazas, atentados, desapariciones forzadas y asesinatos (CCJ, 1997).

La magnitud de esta crisis fue constatada por los relatores especiales de Naciones Unidas sobre torturas, quienes en su visita a Colombia en 1994 expresaron su alarma por el “número alarmante de activistas muertos a lo largo de los años en el pasado reciente” (ONU, 1995). En 1995, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) profirió su primera sentencia en un caso colombiano: la desaparición forzada de Isidro Caballero y Carmen Santana (Corte IDH, 1995). Este fallo sentó un importante precedente, al establecer la responsabilidad internacional del Estado colombiano por la violación de derechos fundamentales y al ordenar medidas de reparación para las víctimas y sus familiares (Gómez, 2018).

Ese mismo año, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, órgano encargado de supervisar el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, emitió su primer dictamen sobre un caso de desaparición forzada en Colombia: el de Nydia Érika Bautista de Arellana (Comité de Derechos Humanos, 1995). Este dictamen, aunque no vinculante, representó un importante llamado de atención a Colombia por parte de la comunidad internacional (Andreu-Guzmán, 2001). Esta falta de respuesta oportuna y adecuada por parte del Estado colombiano refleja la debilidad institucional y la ausencia de voluntad política para enfrentar esta problemática.

III. ACUERDOS DE SANTA FE DE RALITO (2003-2006)

A partir del fracaso de los diálogos de paz del gobierno Pastrana con las FARC-EP (1998-2002), en el que, si bien se lograron apoyos internacionales importantes, se discutió el cese de hostilidades y se realizaron acuerdos parciales y acciones humanitarias, la falta de propuestas de fondo por parte del gobierno y el clima de acciones armadas e incumplimientos por parte del grupo guerrillero deterioraron el proceso de negociación hasta su rompimiento definitivo, produciendo un clima de rechazo a las negociaciones con las guerrillas (Villarraga, 2015).

Este clima facilitó la expansión y fortalecimiento de los grupos paramilitares, que rápidamente controlaron territorios y rutas del narcotráfico, cometiendo numerosas masacres y desplazamientos forzados, principalmente, contra civiles acusados de apoyar a la guerrilla. Para el año 2002, las estructuras paramilitares, especialmente las AUC, ejercían un importante control territorial en el país. Estos grupos utilizaron su poder económico y militar para influir en la política local y nacional, en un clima de opinión favorable a soluciones de fuerza, con una población que expresaba un cansancio generalizado con el conflicto armado y una percepción creciente de que los paramilitares eran un “mal necesario” contra la guerrilla (Grajales, 2011).

Así, se crea un marco discursivo y operativo, apoyado por la política y los medios de comunicación, que facilitó las negociaciones con los paramilitares mientras intensificaba la ofensiva contra las guerrillas. Esta dualidad en el enfoque del gobierno tuvo profundas implicaciones en la dinámica del conflicto y en la naturaleza de los acuerdos alcanzados en Ralito (Romero, 2007; Uprimny y Saffon, 2008; Grajales, 2011).

En este contexto, en julio de 2003 se firmó el Acuerdo de Ralito, estableciendo las bases para la negociación. Luego de varias reuniones y la culminación de una fase exploratoria, que incluyó el establecimiento de compromisos para mantenerse en el proceso de negociación, la Comisión Exploratoria recomendó “la concentración de las fuerzas irregulares y el abandono total de actividades ilícitas, tales como narcotráfico, robo de combustible, extorsión y secuestro.” (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2006, p. 7) y solicitó el acompañamiento de la comunidad internacional. Con esto, entre 2003 y 2006, se desmovilizaron 31.671 combatientes y se entregaron 18.51 armas, en los 38 actos de desmovilización (OACP, 2007 en Indepaz, 2013). A pesar del alto número de personas desmovilizadas, la reconfiguración del territorio expresada en la existencia de otros grupos similares suscitó maneras cambiantes de hacer el conflicto, demostrando que no hubo una ruptura total con las estructuras paramilitares previas (CNMH, 2016; Gutiérrez, 2014; Massé, 2011).

A. La desaparición forzada como estrategia paramilitar

Durante este periodo, se han señalado de responsables y perpetradores de la desaparición a todos los grupos armados, aunque en diferente proporción. De acuerdo con las estimaciones de la (CEV, 2022a), los grupos paramilitares son responsables de más del 50% de todas las desapariciones, seguidas de guerrillas y agentes del Estado, lo que es coincidente con las cifras de violencia por desaparición forzada acaecidas en el periodo del gobierno Uribe. El periodo con más desapariciones forzadas se concentró entre 1999 y 2005, con el 87 % del total de registros (CEV, 2022d, p. 101).

Existió, entonces, una ampliación tanto en cantidad de desapariciones forzosas, que siguen presentes en los escenarios usuales de control político y eliminación del adversario político (Observatorio CCEEU, 2012), pero mutan hacia actividades de control territorial o moral del territorio.

Para el caso de los agentes estatales, de acuerdo con el (CNMH, 2016) no es menor que 8 de cada 100 desapariciones forzadas hayan sido cometidas por estos agentes, además de existir serias dificultades en la denuncia, claridad y sentencias, puesto que el marco legal existente excluía explícitamente las violaciones perpetradas por agentes estatales, lo que aumenta el subregistro y desincentiva las denuncias formales (ICMP, 2008).

Para el caso de las guerrillas, quienes usualmente adjudican la responsabilidad de las desapariciones forzadas exclusivamente a los agentes estatales y a los paramilitares, se presenta una dificultad para separar los secuestros de las desapariciones forzadas en los registros de hechos de estos grupos (CNMH, 2016). Durante el periodo de estudio, las guerrillas utilizaron las desapariciones forzadas para encubrir hechos de reclutamiento ilícito o asesinatos, negándose a brindar información a las familias de las víctimas. Además, realizaron estos delitos en un marco de reorganización territorial, control de informantes o enemigos de otros bandos (CEV, 2022e). Para el (Colectivo Orlando Fals Borda, 2021), durante este periodo “Las guerrillas de las FARC y el ELN incrementaron su accionar con el fin de copar los espacios dejados por las AUC, pero esta ocupación fue efímera por el surgimiento de nuevas bandas delincuenciales directamente orientadas a asumir el control del narcotráfico, brindar seguridad a los empresarios y combatir la insurgencia” (p. 81).

Sobre las víctimas, en Colombia, de acuerdo con los datos del (Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH, 2018), las víctimas de la desaparición forzada son principalmente jóvenes y adultos, de entre los 16 y 33 años, en su mayoría (entre un 75% y 85%) son hombres. Si bien mayor parte de los datos recabados por el ONMC no contienen suficiente información sobre la ocupación y contexto de las víctimas, en los datos presentes, las ocupaciones de las personas desaparecidas se distribuyen en campesinos y trabajadores rurales, comerciantes y personas que ejercen la economía informal.

Un análisis espacial multivariado en el departamento de Antioquia (Romero, 2023), confirma la presencia de “patrones y asociaciones espaciales entre variables de vulnerabilidad social, actividades extractivas y presencia de grupos armados con la ocurrencia de desaparición forzada” (p. 75).

Para (Payne, 2022) las lógicas tradicionales de entendimiento de las desapariciones forzadas en ciertos períodos de la historia pueden no ser aplicables a contextos contemporáneos. Una de las lógicas propuestas por Payne es la “construcción de poblaciones desechables”, en las que la procedencia de orígenes humildes y marginalizadas se convierte en el blanco ideal en las condiciones propicias. Este marco permite explicar el aumento en hechos de desaparición forzosa específicamente relacionadas con el control de la diferencia (CNMH, 2016; Díaz Mansilla, 2011; Peralta, 2008, entre otros). Para (Peralta, 2008), existen algunas características particulares de la desaparición, aún conectadas con la violencia política y eliminación del opositor político, pero expresadas también en afectaciones a personas con vulnerabilidades sociales.

Estas “poblaciones desechables” cuentan con dos características: son culpadas de su propia desaparición, porque seguramente “estaban metidas en algo”, y esta justificación permite que, de manera permisible, no se debe generar preocupación o reacción de búsqueda, ni siquiera respuestas de las autoridades sobre estas personas (Payne, 2022). Un paramilitar del Bloque Calima relata a la Comisión de la Verdad que:

“Allí los que eran homosexuales, porque... mujeres lesbianas, prostitutas que fueran con contagio o mujeres que [es] tuvieran metiéndole o robándole el marido a la vecina, todo eso era objetivo militar. Marihuanero que vieran, marihuanero que lo mataran donde lo encontraran. Eso sí no era... Eso era muerte letal, que... el que robara, el que metiera marihuana, el que fuera homosexual. [A las trabajadoras sexuales se les desaparecía] pues, cuando ellas contaban así, así, así... así como yo las sacaba a mi modo, sin torturarlas, sin físico ni psicológico, pero sí, se les hacía” (CEV, 2022a, p. 191).

Es de destacar el señalamiento de las poblaciones vulnerables como objetivo militar, como etiqueta para señalar personas sobre las cual se ejercen violencias, asesinatos y desapariciones, utilizando la jerga de la guerra como modo de control poblacional y social de los territorios. Para la (CEV, 2022a), existen acciones complejas de:

“(…) planeación y premeditación y la selección intencionada de las víctimas a partir de su condición de vulnerabilidad, precariedad y desamparo, como fue el caso de muchas personas, especialmente jóvenes, habitantes de barrios deprimidos, desempleados, trabajadores informales, habitantes de calle y consumidores de drogas.” (p.186).

Los propios grupos paramilitares reconocen estos hechos. Por ejemplo, en audiencias de Justicia y Paz, los presuntos responsables “(…) atribuyeron las causas de los delitos a ‘acciones para salvar la patria’ o ‘labores de limpieza social’ en contra de ‘guerrilleros/as’, ‘terroristas’, ‘prostitutas’ o ‘drogadictos/as’” (FIDH, 2007 en Díaz Mansilla, 2011, p. 76).

B. Modos de operación

Para (Andreu en CEV, 2022e), los principales objetivos de la desaparición forzada durante este periodo tienen relación con teatros de operaciones militares, con la eliminación de enemigos políticos, siguen lógicas de control territorial, y sirven como instrumento de consolidación del despojo de tierras. En el contexto del reconocimiento a la desaparición adelantado por la (Comisión de la Verdad, 2020), la desaparición forzada se usó:

“(…) para afectar los liderazgos sociales, comunitarios y políticos, instaurando zozobra y miedo en los actores sociales. También se utilizó como medio para ocultar los hechos de violencia perpetrados a lo largo del conflicto armado. La desaparición forzada les permitía ocultar sus acciones violentas, no dejar rastros de las afectaciones a las poblaciones y negar la perpetración de hechos violentos. En este orden de ideas, la desaparición forzada se ha constituido como un mecanismo permanente de represión en los ámbitos individual, familiar y comunitario, ante la dimensión y la magnitud de aquello que resulta incomprensible e inexplicable. Así, la confusión, la impotencia, la incertidumbre, el miedo que paraliza, la sensación de indefensión y la vulnerabilidad facilitan las condiciones a los objetivos de dominación, control social e impunidad de los grupos armados responsables de estos hechos” (pp. 169-170).

Existió de fondo, una intención de atacar el tejido social y económico de estas comunidades rurales para desestructurarlas, producir desplazamientos forzados y realizar acciones de control del territorio (FNEB y Familiares Colombia, 2022; CNMH, 2018; Peralta, 2008; Cancillería de Colombia, 2021). Para la (CEV, 2022e), “La magnitud y el impacto de estos crímenes en una población escasamente habitada, (…) resultó en el desplazamiento masivo del 60-75% de los habitantes y la desestructuración del tejido social comunitario”.

De acuerdo con la (Unidad de Víctimas, 2016), los objetivos de la violencia están asociados “(…) a la forma como se disputaron y aprovecharon los recursos, tierras para la ganadería extensiva y subsuelo para la explotación petrolera” (p.1). Así, la desaparición forzada fue un método empleado de forma generalizada por grupos paramilitares para el despojo de tierras y bienes (CEV, 2022e; Gutiérrez, 2014; Romero, 2007; Cubides, 2005). Durante el periodo de estudio (2002 a 2016), el (Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH, 2018) registró más de 81.000 víctimas de desaparición, con casos en su mayoría pertenecientes a los departamentos de Antioquia, Nariño, Valle del Cauca y Meta. Si bien amplía el rango de tiempo, el mapa elaborado por la (CEV, 2022a), revela una distribución regional muy similar a la registrada por el CNMH. Además, de acuerdo con la integración de datos realizada por la (CEV, 2022d):

Durante la implementación de la Política de Seguridad Democrática del gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), se registran dos picos en la desaparición forzada: 2002 y 2007. En 2002 se registraron 9.293 víctimas. El aumento en el registro está relacionado con el mayor despliegue de violencia que impusieron las Autodefensas Unidas de Colombia. En 2007 fue el segundo pico más alto registrado, con 5.535 víctimas, que coincide con las denuncias de desaparición forzada que se presentaron en casos de falsos positivos y con el inicio del rearme paramilitar (pp. 184-185).

Para el caso de grupos paramilitares, se habla de una “tecnificación” de la desaparición, a través del empleo de estrategias de ocultamiento más o menos sofisticadas para “borrar cualquier rastro de la desaparición” (Peralta, 2008, p.41).

En relación con su concomitancia con otros hechos, es usada como anuncio de desplazamientos (Peralta, 2008). Para la (CEV, 2022d), la relación con asesinatos selectivos y hechos como el desplazamiento y el despojo de tierras son evidentes. En la estimación de información de las entrevistas de la CEV, cerca del 20% de los hechos de desaparición se presentan con otros hechos de violencia.

Para asociaciones de víctimas como ASFADDES, existe un cambio en las dinámicas de la desaparición durante el periodo 2002-2012, en los que se pierde la condición de especificidad y selectividad usual en las desapariciones hasta ese momento, y generando una masificación de la práctica de la desaparición, extendiéndola a todos los sectores de la sociedad, incluyendo a quienes transitaran en zonas con presencia de los grupos armados (Martínez, 2017).

De acuerdo con reportes de la Fiscalía General de la Nación, las desapariciones y delitos concomitantes, como el asesinato, secuestros y torturas, se ejecutaban en casos como el de Chámeza y Recetor “sobre personas que eran citadas o llevadas arbitraria y forzadamente con el pretexto de que acudieran a reuniones con las mencionadas autodefensas” (Cancillería de Colombia, 2021, p. 3). Estas citaciones de individuos a campamentos paramilitares bajo diferentes pretextos, a menudo respaldadas por amenazas implícitas o explícitas, explotaban la autoridad de facto que los grupos armados habían establecido en la región (FNEB y Familiares Colombia, 2020; Cancillería de Colombia, 2021).

Para la (CEV, 2022e), se destacan como característicos particulares al modo de operación de la desaparición, el uso de “listas negras” y censos poblacionales como método para identificar y posteriormente desaparecer a supuestos colaboradores de la guerrilla, con la colaboración de autoridades militares y civiles.

C. Justicia y Paz: verdad limitada y búsqueda condicionada

La magnitud, profundidad y cantidad de los hechos de desaparición forzada han propiciado la creación de más de 80 organizaciones relacionadas con lucha contra este delito, la mayoría de ellas locales, centradas fundamentalmente en las labores de reclamación de derechos, la búsqueda de las personas desaparecidas, el análisis del fenómeno, la denuncia y el impulso a la acción institucional e impacto internacional a través de acciones colectivas, jurídicas o simbólicas, marchas, galerías de la memoria, informes, entre otros (CNMH, 2016).

En años recientes, se ha reconocido progresivamente la labor de búsqueda de las organizaciones de víctimas y familiares, quienes se han volcado a la tarea de búsqueda, denuncia y espacios de reconocimiento y justicia a pesar las dificultades. Todo esto ha contribuido al reconocimiento de la desaparición forzada como delito vigente, visible y fuente de sanción social contra los responsables (CNMH, 2016). Estas experiencias han contribuido al esclarecimiento de la verdad y a la visibilización de la problemática de la desaparición forzada en Colombia, a pesar de la falta de reconocimiento institucional y la violencia que ha recaído sobre las organizaciones (Andreu en CEV, 2022e).

Así mismo, es claro el protagonismo de las mujeres en los procesos de búsqueda, quienes ante la falta de respuesta estatal asumieron la responsabilidad de indagar el paradero de sus seres queridos, enfrentando múltiples obstáculos y riesgos. De acuerdo con la (CEV, 2020) del 85% de las organizaciones de familiares de desaparecidos son lideradas por mujeres. Las mujeres desarrollaron estrategias de exigibilidad de derechos y participaron en acciones de movilización y visibilización de la problemática. El 95% de los casos de búsqueda de personas desaparecidas documentados fueron lideradas por mujeres, principalmente madres (59%), esposas (14%) y hermanas (13%) de las víctimas (FNEB, 2020).

Ahora, desde la respuesta institucional, el Congreso de la República emitió un conjunto de leyes tendientes a facilitar la negociación y desmovilización de este grupo. Dentro de estas leyes se encuentran la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1997, 782 de 2002 y 1106 de 2006, y la ley 975 de 2005, ésta última denominada “Ley de Justicia y Paz” (Fundación Sueca para los Derechos Humanos, 2007, p. 6).

Sin embargo, para (Díaz Mansilla, 2011) la Ley 975 de Justicia y Paz es una plataforma que facilitó las acciones de los paramilitares, fomentó la impunidad y contó con la connivencia y respaldo del aparato estatal, y junto con él, realizó acciones de ocultamiento y falta de garantías al derecho a la verdad. (Uprimny y Saffon, 2008) concluyen que el marco jurisprudencial, en relación con la justicia transicional, usa su lenguaje y categorías, pero no soluciona ni da garantía a los derechos que promulga y a los principios internacionales a los que se acoge superficialmente.

Los acuerdos de Ralito y la subsiguiente Ley de Justicia y Paz no abordaron adecuadamente la gravedad de crímenes como la desaparición forzada de manera particular, lo que generó críticas sustanciales de organizaciones de derechos humanos y asociaciones de víctimas (Laplante & Theidon, 2006). En cuanto al derecho a la no repetición, es desarrollado por la Corte Constitucional en sentencias como la C-579 de 2013 y la C-839 de 2013, estableciendo medidas concretas para su garantía. Esta ley fue criticada por ser demasiado indulgente con los paramilitares (Delgado, 2011).

Los acuerdos de 2003 derivaron un escenario jurídico y legal que, sumado a penas laxas y a un marco general de laxitud, no tuvo resultados en términos de reconocimiento de responsabilidades y derecho a la verdad (Uprimny y Saffon, 2008; CCEEU, 2012; Grajales, 2011; CNMH, 2016). Si bien, acciones subsecuentes derivadas de revisiones por parte de la Corte Constitucional y presiones de organismos internacionales, sumados al incumplimiento de los acuerdos y el cese de actividades delictivas por parte de los grupos paramilitares fortalecieron el eje de justicia retributiva (CNMH, 2018; CEV, 2022a), aún existen falencias importantes que afectan a las víctimas y sus familias, especialmente en términos de reconocimiento, incentivo a la denuncia, existencia de sentencias como prerrequisito para el reconocimiento como víctimas, entre otros (CNMH, 2016).

El informe de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas - ICMP (ICMP, 2008) sobre la respuesta de Colombia a las desapariciones forzadas, se centra en el Decreto 1290 de 2008, que establece un mecanismo administrativo para brindar reparación individual a las víctimas de grupos armados al margen de la ley en Colombia. En él, se concluye que el Decreto 1290 establece un programa de reparaciones que parece ser insuficiente y limitado, pues si bien ofrece indemnización, restitución, rehabilitación y otras medidas, parece ser un esfuerzo para brindar una compensación mínima a un grupo selecto de víctimas, en lugar de un sistema integral de reparación. El decreto excluye explícitamente las violaciones perpetradas por agentes estatales.

Sin embargo, se denuncia una ausencia casi total de investigación efectiva o persecución judicial de estos crímenes en el momento de su ocurrencia. Además, las denuncias y solicitudes de ayuda de las familias de las víctimas son frecuentemente ignoradas o, peor aún, utilizadas para identificar nuevos objetivos. Esta situación de impunidad y complicidad estatal se presenta como un factor clave que permitió la continuidad y escalada de las desapariciones forzadas en la región y en el país (Díaz Mansilla, 2011).

Para la (FNEB, 2020), es claro que existe un panorama de complicidad y negligencia. Lejos de proteger a la población civil, elementos del Estado, incluyendo fuerzas militares y autoridades locales, son señalados como partícipes activos en la planificación y ejecución de las desapariciones. Estos elementos subrayan la complejidad de los procesos de justicia transicional y reparación en contextos de violencia prolongada, así como la importancia del papel activo de las comunidades afectadas en la búsqueda de verdad y justicia.

El (CNMH, 2016) menciona la insuficiencia de la respuesta judicial efectiva, pues las ACC no se acogieron a la Ley de Justicia y Paz, por lo que las pocas sentencias provienen de la justicia ordinaria. Así, por ejemplo:

“En este punto cabe señalar que 3 postulados fueron condenados por concierto para delinquir agravado para cometer delitos de desaparición forzada de personas, situación que quedó definida de esta forma al considerar las autoridades judiciales que los procesados, por ostentar la condición de comandantes dentro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y bajo el presupuesto que el modo de actuar de este grupo delincuencial consistía, entre otros, en la desaparición sistemática de grupos de personas, se configuraban los elementos típicos que definían el concierto para delinquir agravado” (p. 110).

La respuesta institucional a la desaparición forzada durante este periodo fue marcadamente insuficiente. A pesar de la creación de marcos legales como la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) y la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011), la implementación efectiva de mecanismos de justicia, verdad y reparación quedó muy por debajo de las expectativas y necesidades de las víctimas. La impunidad persistente y la falta de voluntad política para abordar las causas estructurales de la desaparición forzada socavaron la confianza en las instituciones estatales y perpetuaron ciclos de victimización.

IV. ACUERDO DE PAZ CON LAS FARC (2016)

El contexto internacional jugó un papel importante en el desarrollo de los acuerdos de paz y en la evolución de la situación del delito de desaparición forzada en Colombia. La creciente presión de organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, influyó significativamente en la adopción de un enfoque más centrado en las víctimas.

Además, el contexto global de justicia transicional y construcción de paz influyó en el diseño del Sistema Integral para la Paz. Experiencias internacionales, como las comisiones de la verdad en Sudáfrica y Perú, y los tribunales especiales en Sierra Leona y la ex Yugoslavia, sirvieron como referentes para la estructuración de la JEP y la Comisión de la Verdad en Colombia (CEV, 2021). Así mismo, la evolución del derecho internacional en materia de desaparición forzada, incluyendo la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, proporcionó un marco normativo que Colombia tuvo que considerar en sus esfuerzos por abordar este hecho victimizante.

Durante los primeros años del gobierno Santos, hubo un aumento de movilizaciones y protestas sociales, un paro agrario, protestas del movimiento estudiantil, que produjo los mayores números de movilizaciones en la historia desde 1975 (CEV, 2022e). Estas situaciones produjeron las reacciones usuales de señalamiento y estigmatización a los grupos que se movilizan, acusándolos de ser cómplices o brazos civiles de las guerrillas. Además, se registra en estos años un crecimiento de ataques contra organizaciones sociales, la persecución a líderes sociales, defensores de derechos humanos y movimientos políticos de oposición (Villarraga, 2015; CEV, 2022e).

Luego de cuatro años de negociaciones en La Habana, Cuba, desde 2012 hasta 2015 y en 51 ciclos de conversaciones, el Estado colombiano firmó con las FARC el “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”. Uno de sus logros más significativos, en comparación con los acuerdos con el paramilitarismo, fue su sistematicidad, organización y celeridad en las negociaciones, firma de los acuerdos y desmantelamiento de las estructuras del grupo armado a través del proceso de reincorporación a la vida civil. Ocho meses después de la firma del acuerdo de paz, 13.000 efectivos de las FARC entregaron las armas en 27 regiones, y luego de cinco años un 94% permanecían comprometidos con su integración a la vida civil (Espinosa-Díaz y Rios, 2023).

A. Continuidad y transformación de la desaparición forzada

Luego de la firma del Acuerdo de Paz con las FARC, la violencia ejercida por grupos armados organizados sigue activa. La disminución de acciones violentas por parte de las FARC ha generado un aumento de acciones del ELN, los grupos de disidencias y grupos como el Clan del Golfo (Fundación Ideas para la Paz, 2020).

La distribución de las responsabilidades en la comisión de desapariciones recientes tiene un difícil rastreo. La reconfiguración del mapa de conflicto actual, sumado a la falta de articulación de las entidades territoriales hacen difícil establecer cuántos y cuáles son los grupos armados organizados ilegales en las regiones (MOE, 2024, p. 47). De acuerdo con la (FIP, 2024), las dinámicas de control territorial y disputas de los grupos armados tienen como fin el sostenimiento y fortalecimiento de su posición delictiva en medio de los diálogos con el gobierno nacional.

La comisión de desapariciones y otras violencias continúa en la fase de posconflicto, incluso en el contexto de las movilizaciones sociales. Sin embargo, viene usualmente asociada a retenciones que terminan en asesinatos, o en retenciones ilegales por parte de fuerza pública que concluyen en la liberación de la persona retenida (Fitzgerald, 2021).

La persistencia de ataques contra organizaciones sociales, líderes comunitarios y defensores de derechos humanos, incluyendo asesinatos y desapariciones forzadas, han sido atribuidos a grupos paramilitares y, en algunos casos, a la Fuerza Pública. Existe, además, una intensificación de acciones criminales de estructuras delincuenciales asociadas al paramilitarismo que, en el escenario de reconfiguración del conflicto suscitado por la desmovilización de las guerrillas, aprovecharon para tomar control de territorios, rutas de narcotráfico y contrabando y poder regional (CEV, 2022e).

De acuerdo con (Andreu en CEV, 2022e), con el acuerdo de paz no cesó el conflicto ni las graves violaciones a los Derechos Humanos, y se registran día a día persecuciones, asesinatos y desapariciones de líderes sociales, defensores de derechos humanos, activistas sindicales, que parecen ser el objetivo de las dinámicas más recientes de la desaparición. Para la (MOE, 2024), existe desde el 2022 un aumento generalizado de la violencia en contra de líderes comunales y políticos, usualmente asociados a dos factores: el escenario electoral y la creciente presencia de grupos armados ilegales en los territorios.

Por otro lado, se ha profundizado el señalamiento y exterminio a firmantes de paz, que para 2022 habían sufrido 1104 delitos, entre amenazas, homicidios, desplazamientos, reclutamientos y desapariciones (CEV, 2022a). Para (Finn en Betancur y Rettberg, 2023), existe una falta generalizada de garantías legales y de seguridad para los firmantes de paz. Seis firmantes del acuerdo que participaban como colaboradores voluntarios en la Comisión de Búsqueda de Desaparecidos de las FARC fueron asesinados desde la firma del acuerdo en 2023. Casos similares de violencia contra excombatientes han producido efectos negativos, como el desplazamiento hacia zonas urbanas o el retorno a la clandestinidad, lo que pone en riesgo los avances logrados en el proceso de reincorporación y construcción de paz.

B. La Unidad de Búsqueda: enfoque humanitario y participación de víctimas

La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) es una entidad estatal de carácter humanitario y extrajudicial, que forma parte del Sistema Integral para la Paz. Su misión es dirigir, coordinar y contribuir a la búsqueda de personas desaparecidas en el contexto del conflicto armado, con el fin de ubicar, identificar y realizar la entrega digna de restos.

La UBPD adopta un enfoque humanitario y extrajudicial, priorizando la satisfacción de los derechos de las víctimas, especialmente el derecho a la verdad y la reparación integral, ofreciendo confidencialidad para fomentar el aporte voluntario de información, sin establecer responsabilidades penales sobre quienes colaboren. El carácter extrajudicial de la entidad, que propicia aportes voluntarios y el cuidado a enfoques de género, ha permitido que existan avances en los procesos de análisis, búsqueda y reconocimiento a la labor de mujeres buscadoras.

La labor de esta institución abarca casos de desaparición forzada, participación en hostilidades, reclutamiento de niños, niñas y adolescentes y secuestros. Durante 2022 ha desarrollado un Plan Nacional de Búsqueda y 23 Planes Regionales, cubriendo 258 municipios e involucrando a 31,061 personas dadas por desaparecidas. Estos planes promueven la inclusión activa de víctimas, organizaciones civiles y autoridades en la construcción e implementación de sus planes, de manera incluyente e involucrando a personas buscadoras y sus familiares (OFP, 2023).

Se han dado pasos adicionales en torno al reconocimiento de las personas buscadoras para facilitar su labor. El 16 de agosto de 2023: “Se aprobó en Cámara de Representantes Proyecto de Ley N° 242 de 2022 que tiene por objeto la protección integral, el reconocimiento de la labor y la protección de los derechos de las mujeres y personas buscadoras de víctimas de desaparición forzada como constructoras de paz y sujetos de especial protección constitucional...” (Cámara de Representantes, 2023).

No obstante, la implementación de este marco de justicia transicional ha enfrentado desafíos considerables. La persistencia de la violencia en ciertas regiones, la reconfiguración de grupos armados ilegales y la victimización continua de líderes sociales y excombatientes han complicado los esfuerzos de búsqueda e investigación. Además, las tensiones políticas y la resistencia de algunos sectores a los mecanismos de justicia transicional han obstaculizado la plena realización de los objetivos del Acuerdo de Paz en materia de esclarecimiento y reparación.

Para (Finn en Betancur y Rettberg, 2023), la UBPD ha jugado un papel importante para darle visibilidad y legitimidad a las labores de búsqueda de desaparecidos, al realizar acompañamiento y recoger la participación de los familiares de personas desaparecidas como una de sus banderas.

Los actores responsables, ahora parte de la sociedad civil, se han sumado a estas labores de búsqueda como aporte a la reconciliación. La Comisión de Búsqueda de Desaparecidos creada por las FARC con voluntarios excombatientes de ese grupo armado, ha apoyado a través de entrega de información, listados y acuerdos, la explicación y contexto geográfico y de estructura de la desaparición, son algunos de los aportes que realizan los exintegrantes de la guerrilla en coordinación con la UBPD. A 2022, habían colaborado con información de cerca de 700 casos de desaparición (Hacemos Memoria, 2022; Finn en Betancur y Rettberg, 2023).

En el Balance Cuatro años de compromiso con los derechos humanos. Desaparición Forzada presentado por la (Cancillería de Colombia, 2022), se presenta un resumen de las acciones realizadas por el Estado colombiano en los años 2018 a 2022 para abordar la problemática de la desaparición forzada en el contexto del conflicto armado. El informe destaca los avances en tres áreas principales: búsqueda de personas desaparecidas, justicia transicional y reparación a las víctimas.

“Durante los últimos cuatro años, combatir la desaparición forzada ha sido una prioridad para el Estado colombiano. En este contexto, la República de Colombia adoptó una estrategia integral que contempla: (i) avances del modelo de justicia transicional frente a los presuntos actos de desaparición forzada perpetrados en el marco del conflicto armado y (ii) rutas para la no repetición.” (p. 2)

Se resaltan los esfuerzos de la UBPD en la recuperación de cuerpos, toma de muestras biológicas y acciones humanitarias. Se destacan, además, los procesos llevados a cabo por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), especialmente en los macrocasos 001 y 003, relacionados con toma de rehenes y ejecuciones extrajudiciales, respectivamente.

En términos de reparación simbólica, el (CNMH) ha realizado diversas acciones para documentar y visibilizar la desaparición forzada, incluyendo investigaciones, archivos y actividades pedagógicas relacionadas con las desapariciones forzadas. El informe también resalta los avances en acompañamiento a familiares, entrega de restos y se menciona la prórroga de la Ley de Víctimas y se destaca el trabajo del Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo para prevenir nuevos casos de desaparición forzada. El (OACNUDH, 2024, p. 9) reconoció los avances de la UBPD, su presencia territorial y la localización de personas dadas por desaparecidas, junto a los esfuerzos exitosos de articulación con otras entidades.

A pesar de los avances documentados, la UBPD enfrenta desafíos significativos derivados de la persistencia de la violencia en territorios de búsqueda, la victimización de líderes sociales y colaboradores, y las tensiones políticas en torno a la implementación del Acuerdo de Paz. Estas dificultades ponen en riesgo la sostenibilidad de la entidad y la continuidad de los procesos de búsqueda. No obstante, el enfoque humanitario y participativo de la UBPD representa un hito en la evolución de las respuestas institucionales frente a la desaparición forzada en Colombia, demostrando que la centralidad de las víctimas y la articulación entre Estado, familiares y excombatientes puede generar resultados tangibles en términos de verdad y dignificación de las personas desaparecidas.

Conclusión

La lectura en clave histórica de los principales factores del fenómeno de la desaparición permite identificar cuatro factores principales emergentes, que permitirían la comprensión y atención a futuro de acciones que permitan mitigar la comisión del delito de desaparición. Estos son: la voluntad política real para investigar los hechos, la creación de mecanismos institucionales efectivos, el papel de la participación de las víctimas y los enfoques integrales.

En primer lugar, se encuentra la voluntad política real para investigar y esclarecer los hechos. Esta se ha manifestado de manera diferenciada en cada periodo transicional. Durante el Frente Nacional, se evidenció una clara ausencia de voluntad política, caracterizada por la negación sistemática del fenómeno y la implementación de la Doctrina de Seguridad Nacional que, paradójicamente, facilitó la práctica de la desaparición forzada. En el periodo de la Constitución de 1991, a pesar del reconocimiento formal de derechos y garantías, la voluntad política se vio limitada por la persistencia del conflicto armado y la influencia de actores que se beneficiaban de la impunidad. Los Acuerdos de Ralito demostraron una voluntad política superficial, enfocada más en la desmovilización que en el esclarecimiento de la verdad y la búsqueda de los desaparecidos.

Por su parte, el Acuerdo de Paz de 2016 marcó un punto de inflexión, con una voluntad política más robusta manifestada en la creación de instituciones especializadas y la asignación de recursos específicos. Este cambio significativo demuestra cómo la voluntad política puede transformar sustancialmente el abordaje institucional del fenómeno.

En segundo lugar, la creación de mecanismos institucionales específicos y efectivos. Pues, como es evidente la evolución institucional ha sido gradual pero significativa. Se transitó desde la ausencia total de mecanismos durante el Frente Nacional hasta la creación de la UBPD, la JEP y la CEV tras el Acuerdo de 2016. La tipificación del delito en 2000 con la Ley 589 representó un avance significativo, aunque tardío, en el reconocimiento jurídico de esta práctica. La efectividad de estos mecanismos ha estado determinada por su independencia administrativa y presupuestal, su capacidad técnica y operativa, y la coordinación interinstitucional. El respaldo político y jurídico para su funcionamiento ha sido fundamental para garantizar resultados concretos en la búsqueda e identificación de personas desaparecidas.

En tercer lugar, ha sido fundamental la participación de los familiares de las víctimas y sus organizaciones. Las organizaciones de víctimas, especialmente lideradas por mujeres, hansidoelmotorprincipaldelabúsqueda y la exigencia de verdad y justicia. Su participación ha evolucionado desde iniciativas aisladas y frecuentemente perseguidas durante el Frente Nacional hasta su reconocimiento como actores fundamentales en el actual Sistema Integral para la Paz. La contribución de estas organizaciones ha sido invaluable en la visibilización del delito, el desarrollo de metodologías de búsqueda, la construcción de memoria histórica y la incidencia en políticas públicas. Su persistencia y valentía han sido decisivas para mantener viva la búsqueda de los desaparecidos y la lucha contra la impunidad.

En cuarto lugar, la implementación de enfoques integrales mostró una evolución significativa. Se ha transitado desde enfoques puramente punitivos hacia una comprensión más amplia que incluye dimensiones de justicia restaurativa, verdad histórica, reparación integral y garantías de no repetición. Este cambio de paradigma reconoce la complejidad del fenómeno y la necesidad de respuestas multidimensionales.

El Sistema Integral para la Pazrepresenta el primer intento comprehensivo de abordar el fenómeno desde múltiples dimensiones, incluyendo la judicial a través de la JEP, la humanitaria mediante la UBPD, la histórica con la CEV, y la reparadora a través de medidas de satisfacción y garantías de no repetición. Esta aproximación integral demuestra un entendimiento más profundo de las necesidades de las víctimas y de la complejidad del fenómeno de la desaparición forzada.

Estos cuatro factores demuestran que la efectividad en el tratamiento de la desaparición forzada requiere un abordaje profundo y sostenido en el tiempo. La experiencia colombiana evidencia que la ausencia o debilidad de cualquiera de estos elementos compromete significativamente la capacidad del Estado para responder adecuadamente a este delito y garantizar los derechos de las víctimas. El análisis también sugiere que estos factores no operan de manera aislada, sino que se refuerzan mutuamente, creando un círculo virtuoso cuando están presentes o un círculo vicioso cuando están ausentes.

Estos re su l t a dos, demuest r a n la necesidad de continuar con las investigaciones que den luces sobre las formas de la desaparición, bajo el reto de la reconfiguración de una violencia que se separa de las motivaciones políticas para anclarse de manera definitiva en el negocio del narcotráfico y las economías ilegales. Es un gran reto para el país el entendimiento de las nuevas dinámicas de la violencia, más aún cuando por la extensión del propio conflicto sociopolítico, entendió las motivaciones de los actores y sus estrategias. Con la reconfiguración de la violencia, serán nuevas las motivaciones y estrategias que se deberán develar para prevenir la continuación de una violencia, recientemente reconocida, que ha desestructurado vidas, familias y comunidades.

Financiación

N/A

Conflicto de intereses

Los autores de este trabajo declaramos que no existe conflicto de intereses

Referencias

Amnistía Internacional (1999). Defensores bajo ataque: La situación de los defensores de los derechos humanos en Colombia. Londres: Amnistía Internacional.

Amnistía Internacional (2000). El riesgo de defender: Violencia y amenazas contra los defensores de derechos humanos y sus allegados en Colombia. Londres: Amnistía Internacional.

Archila, M. (2003). Idas y venidas, vueltas y revueltas: protestas sociales en Colombia, 1958-1990. ICANH-CINEP.

Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES) (2001). Desaparecidos: La lucha por encontrarlos. Bogotá: ASFADDES.

Ballesteros, D. (2023). “Narcos”, guerrillas,“paracos” y paz: Políticas de pacificación forzada, mixta, negociada y neutral en Colombia y México entre los años 2002 y 2021. Revista de Antropología y Sociología: Virajes, 25, 6793.

Betancur, L., Rettberg, A. (Comp.) (2023). Después del Acuerdo ¿Cómo va la paz en Colombia?. Ediciones Uniandes.

Bushnell, D. (1993). The Making of Modern Colombia: A Nation in Spite of Itself. University of California Press.

Cancillería de Colombia (2021). Respuesta del Estado colombiano solicitud de información Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Alegación general - 123° periodo de sesiones. Colombia.

Cancillería de Colombia (2022). Balance. Cuatro años de compromiso con los derechos humanos. Desaparición Forzada. Colombia.

Caycedo-Guío, R., Hernández-Flores, L. (2023). Efectividad en las acciones administrativo-jurídicas en México y Colombia en víctimas de desaparición forzada. Jurídicas CUC, 19, 391432.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2013). Una sociedad secuestrada. Bogotá: CNMH.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2015). Rearmados y Reintegrados. Panorama posacuerdos con las AUC. Bogotá: CNMH.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2016). Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en Colombia. Bogotá: CNMH.

Centro Nacional de Memoria Histórica (2018). Paramilitarismo. Balance de la contribución del CNMH al esclarecimiento histórico. Bogotá: CNMH.

Colectivo sociojurídico Orlando Fals Borda - OFB, RedPhana (2021). Pacífico nariñense. Racismo y violencia sistemática estatal contra los pueblos étnicamente diferenciados. Informe entregado a la Comisión de la Verdad.

Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) (1997). Colombia, derechos humanos y derecho humanitario: 1996. Bogotá: CCJ.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (1993). Segundo informe sobre la situación de los derechos humanos en Colombia. OEA/Ser.L/V/II.84 Doc. 39 rev..

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2005). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Colombia. Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2020). Desaparición forzada en Casanare, por “quitarle el agua al pez”.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2021). Un repaso por las comisiones en el mundo. Especial Web.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2022a). Hay futuro si hay verdad. Informe final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2022b). Hay futuro si hay verdad. Informe final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. Anexo estadístico Capítulo 4.

Comisión de la Verdad (2022c). Hay futuro si hay verdad. Informe final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. Desaparición Forzada.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2022d). Cifras de la Comisión de la Verdad presentadas junto con el Informe Final.

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (2022e). Consultoría sobre la desaparición forzada e involuntaria de personas en el marco del conflicto armado en Colombia desde 1958 a 2016.

Comité de Derechos Humanos (1995). Dictamen del Comité de Derechos Humanos en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, caso Nydia Érika Bautista de Arellana, comunicación No. 563/1993. doc. CCPR/C/55/D/563/1993.

Corte IDH (1995). Caso Caballero Delgado y Santana vs. Colombia. Sentencia de 8 de diciembre de 1995 (Fondo).

Cubides, F. (2005). Burocracias armadas: el problema de la organización en el entramado de las violencias colombianas. Editorial Norma.

Dejusticia (Comp.) (2018). Guerra contra el Campesinado 1958-2019. Huellas de la violencia y trayectorias de resistencia. Dejusticia.

Delgado Barón, M. (2011). Las víctimas como sujetos políticos en el proceso de justicia y paz en Colombia: discursos imperantes y disruptivos en torno a la reconciliación, la verdad, la justicia y la reparación.

Díaz Mansilla, L. (2011). Desaparición forzada en Colombia: Medios de comunicación y memoria. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). México.

Dulitzky, Ariel E. (2019). The Latin-American Flavor of Enforced Disappearances. Chicago Journal of International Law, 19.

Espinosa-Díaz, C., Ríos, J. (2023). La paz con los grupos paramilitares y las FARC-EP: diferencias entre dos procesos transicionales en Colombia (2005-2016). Revista de Estudios Políticos, 196, 193224.

Fitzgerald, M. (2021). Aún faltan: los desaparecidos del paro nacional. Nota de prensa.

Fundación Ideas para la Paz (2020). 13 gráficos para entender la violencia organizada en el post-Acuerdo de Paz.

Fundación Ideas para la Paz (2024). Paz total. Los grupos armados ganan con Cara o con Sello. Análisis de coyuntura.

Fundación Nydia Erika Bautista – FNEB, Familiares Colombia (2020). Desapariciones forzadas en Recetor y Chámeza: el exterminio masivo de una comunidad campesina.

Fundación Nydia Erika Bautista (2020b). Informe Sistematización de las experiencias de búsqueda de mujeres familiares de víctimas de desaparición forzada en los Llanos Orientales. Presentado a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Fundación Sueca para los Derechos Humanos (2007). Verdad, justicia y reparación: derechos de las víctimas en el proceso de justicia y paz, con un enfoque especial de las mujeres víctimas y de Medellín: informe de una misión en Colombia. Centrum Tryck Avesta.

Gómez, A. (2008). La desaparición forzada de personas en Colombia: Cartilla para víctimas. Bogotá: USAID.

Gómez, D. (2019). Resistencias epistémicas y prácticas de memoria: ASFADDES y la lucha contra la desaparición forzada en Colombia. Revista Colombiana de Sociología, 42, 281302.

Gómez Correal, D. M. (2015). De amor, vientre y sangre: Politización de la maternidad y surgimiento del activismo de las madres de desaparecidos en Colombia. Revista Colombiana de Sociología, 38, 1538.

Gómez Gallego, J. A., Herrera Vergara, J. R., Pinilla Pinilla, N. (2010). Informe final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario.

Gómez Isa, F. (2018). Justicia, verdad y reparación en el proceso de paz en Colombia. Revista Derecho del Estado, 3563.

Gómez Sánchez, G. I., Cárdenas Díaz, J. E. (2011). La justicia penal militar colombiana y los principios procesales constitucionales de independencia e imparcialidad, después de la separación de la función de jurisdicción con la función de comando. Prolegómenos, 14, 179203.

Grajales, J. (2011). El proceso de desmovilización de los paramilitares en Colombia: entre lo político y lo judicial. Desafíos, 23, 149194.

Grupo de Memoria Histórica (GMH) (2013). ¡Basta ya! Colombia: Memorias de guerra y dignidad. CNMH.

Gutiérrez Sanín, F. (2014). Estructura organizacional de los paramilitares y derechos de propiedad en Del Campo (1982-2007). Análisis Político, 27, 321.

ICJ (2008). Impunidad y graves violaciones de derechos humanos. Comisión Internacional de Juristas.

Indepaz (2013). Proceso de paz con las Autodefensas Unidas de Colombia.

Laplante, L. J., Theison, K. (2006). Transitional justice in times of conflict: Colombia’s Ley de Justicia y Paz. Michigan Journal of International Law, 28, 49.

Leal Buitrago, F. (2003). La Doctrina de Seguridad Nacional: Materialización de la Guerra Fría en América del Sur. Revista de Estudios Sociales, 7487.

López, C. (Ed.) (2010). Y refundaron la patria... De cómo mafiosos y políticos reconfiguraron el Estado colombiano. Bogotá: Debate.

Mac-Gregor, E. F., Maas, J. J. G. (2019). Desaparición forzada de personas y derecho a la verdad en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Martínez, D. (2017). La desaparición forzada en el marco de la justicia transicional colombiana y la pertinencia de las comisiones de la verdad para lograr la no repetición de los hechos victimizantes dentro del periodo 2002–2012.

Massé, F. (2011). ¿Bandas criminales o neoparamilitares?. Foreign Affairs Latinoamérica, 11, 4249.

Misión de Observación Electoral – MOE (2021). Impacto del conflicto armado interno en las elecciones en Colombia entre 1958-2018. Informe entregado a la Comisión de la Verdad de Colombia.

Misión de Observación Electoral – MOE (2024). La violencia contra líderes y lideresas políticas, sociales y comunales ¿Cómo terminó el 2023 y cuál es la perspectiva para el 2024 ante la situación de seguridad en los territorios?.

OACNUDH (2024). Situación de los derechos humanos en Colombia.

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia (2009). La desaparición forzada en Colombia: un crimen sin castigo. Bogotá: OACNUDH.

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia (2009). La desaparición forzada en Colombia: un crimen sin castigo. Bogotá: OACNUDH.

Oficina del Alto Comisionado para la Paz (2006). Proceso de Paz con las Autodefensas. Informe Ejecutivo. Presidencia de la República de Colombia.

Oquist, P. (1978). Violencia, conflicto y política en Colombia. Biblioteca Banco Popular.

Organización de las Naciones Unidas (ONU) (1995). Informe del Relator Especial sobre la tortura. E/CN.4/1995/111. Ginebra: ONU.

Organización Femenina Popular – OFP (2023). Búsqueda de personas desaparecidas: mujeres buscadoras de verdad y paz. Informe de sistematización de las mujeres que buscan personas desaparecidas en seis municipios del Magdalena Medio.

Pachón, V., Et. Al. (2011). Prevalencia de la desaparición forzada en Colombia. Especial referencia a las regiones de frontera. Estudios en Derecho y Gobierno, 4.

Palacios, M. (2006). Between Legitimacy and Violence: A History of Colombia, 1875-2002. Duke University Press.

Parayre, Sonia (2000). La desaparición forzada de personas como violación continuada de los derechos humanos y su incidencia en la determinación de la competencia ratione temporis de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Revista IIDH, 29, 2567.

Payne, L. (2022). Las cuatro lógicas de la desaparición. Animal Político.

Pécaut, D. (2001). Guerra contra la sociedad. Espasa.

Peralta González, A. M. (2008). Desaparición forzada y conflicto armado: cambios y perspectivas.

Pizarro Leongómez, E. (1991). Las FARC: de la autodefensa a la combinación de todas las formas de lucha. Tercer Mundo Editores.

Proyecto Colombia Nunca Más (2000). Colombia nunca más: Crímenes de lesa humanidad. Bogotá: Proyecto Colombia Nunca Más.

Restrepo, L. A. (2006). Los arduos dilemas de la democracia en Colombia. En IEPRI (Ed.), Nuestra guerra sin nombre: transformaciones del conflicto en Colombia (pp. 27-62). Norma.

Rodríguez, G. (2017). Del paramilitarismo a las bandas criminales (Bacrim) en Colombia: causalidad económica. REIB: Revista Electrónica Iberoamericana, 11, 101113.

Romero Hernández, D. (2023). Análisis espacial multivariado de la desaparición forzada en el contexto del conflicto armado colombiano: departamento de Antioquia, 1961-2016. Universidad Nacional de Colombia.

Romero, M. (2003). Paramilitares y autodefensas 1982-2003. Bogotá: IEPRI, Universidad Nacional de Colombia.

Romero, M. (2007). Parapolítica: La ruta de la expansión paramilitar y los acuerdos políticos. Bogotá: Corporación Nuevo Arco Iris.

Ronderos, M. T. (2014). Guerras recicladas: Una historia periodística del paramilitarismo en Colombia. Bogotá: Aguilar.

Suárez, A. F. (2023). La invisibilización de la desaparición forzada. ¿Por qué nos cuesta tanto su reconocimiento social?. Nuevo Mundo Mundos Nuevos.

Uprimny, R., Saffon, M. P. (2008). Usos y abusos de la justicia transicional en Colombia. Anuario de Derechos Humanos, 165195.

Uprimny, R. (2011). Las transformaciones constitucionales recientes en América Latina: tendencias y desafíos. En C. Rodríguez (Ed.), El derecho en América Latina: un mapa para el pensamiento jurídico del siglo XXI (pp. 109-137). Buenos Aires: Siglo XXI.

Velásquez Rivera, E. (2007). Historia del paramilitarismo en Colombia. História (São Paulo), 26, 134153.

Villarraga, A. (2015). Los procesos de paz en Colombia, 1982-2014. Bogotá: Fundación Cultura Democrática.

Zamosc, L. (1986). The agrarian question and the peasant movement in Colombia: Struggles of the National Peasant Association, 1967-1981. Cambridge University Press.

Trujillo González, J. S. (2026). La desaparición forzada en contextos de transición política en Colombia: Análisis de cuatro periodos clave (1958–2016). Revista Revisitus Academicus Cientificus (RAC), 2, 125168.